Observatorio de DDHH: es «político» y «retrógrado» el fallo que avala a la metropolitana a usar las Taser
“Los fallos de primera instancia y segunda eran contundentes en negar que una fuerza pública argentina pudiera tener picanas eléctricas porque no hay diferencia entre picanear a una persona en un sótano durante un interrogatorio que picanearla en una manifestación”, manifestó en alusión a las torturas durante la dictadura.
“Probamos con informes del Comité de la Tortura de las Naciones Unidas y recomendaciones de otras fuerzas de seguridad nacional que es un elemento de tortura que puede violar el derecho humano a la salud y a la vida”, añadió.
El abogado no dudó en afirmar que se trató de “un fallo político que se enmarca dentro de lo que la Presidenta (Cristina Fernández de Kirchner) categorizó como el Partido Judicial” al argumentar que “no es casual que se lo hayan dado a conocer a los medios afines el día siguiente a que se conociera el acuerdo entre (el jefe de Gobierno porteño) Mauricio Macri y la UCR”.
La acción contra el uso de las pistola eléctricas fue iniciada en 2010 por el ODH, con un amparo presentado con la firma de Carlos Pisoni, hoy subsecretario de Derechos Humanos, pero según la justicia el accionante “carece de legitimación para cuestionar la validez de las resoluciones”.
“Es un artilugio procesal por el que la persona que lo presentó en nombre del Observatorio no tendría competencia porque todavía no se compraron las Taser, cuando el artículo de la Constitución que habla del amparo habla de un daño actual o inminente”, dijo Konfino.
“Es retrógrado en cuanto a garantías constitucionales porque es restrictivo quien puede y quien no presentar un amparo ante un daño inminente”, completó.
Konfino mencionó estadísticas de Amnistía Internacional que hablan de más de 500 muertes en Estados Unidos entre 2001 y 2012 por el uso de las Taser y aseguró que “está probado en el expediente que la amenaza es real”.
“Hay muchos que se agarran del argumento que es mejor una neopicana que un arma de fuego, es decir es mejor que torturen una persona a que lo maten”, manifestó.
“La cuestión es que la Policía Metropolitana no usa las armas de fuego para repeler una manifestación o para atrapar a un delincuente sino durante un tiroteo o cuestión de última instancia. Puede ser suplido con fuerza física, tomas, entrenamiento deportivo para reducir a un delincuente y no recurrir a la tortura”, agregó.
Criticó que la Policía Metropolitana “ni siquiera tenía un protocolo para las Taser cuando la estaban adquiriendo” y aseguró que una vez que sean notificados del fallos interpondrán un Recurso Extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia.